Privacidad y comunicaciones electrónicas en materia de lucha contra el abuso sexual infantil.

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Una cuestión debatida en la actualidad es si diferentes plataformas tecnológicas, como Facebook, deberían ser capaces de buscar evidencias de abuso sexual infantil en línea.

Este debate ha dividido a los legisladores y expertos en privacidad, por considerar una parte de los mismos que se trata de una vulneración de derechos fundamentales, mientras otros justifican que el escaneo que se realiza para la identificación digital no infringe las normas de privacidad establecidas.

En este sentido, cabe destacar que el Supervisor Europeo de Protección de Datos emitió un dictamen el 11 de noviembre en relación a la propuesta de la Comisión, cuyo análisis concluía que las herramientas de identificación, para este tipo de delitos, eran contrarias a las normas de privacidad previstas en la Unión Europea (UE).

A causa de la pandemia, el abuso sexual infantil no ha hecho más que aumentar. Esto se debe a que las personas, por las limitaciones de movilidad, se pasan una mayor cantidad de tiempo en sus dispositivos. Por esta razón, la Comisaria de asuntos interiores de la UE señaló la necesidad de una legislación permanente para su regulación, sin perjuicio de que debían de seguir existiendo medios legales para detectar el contenido ilegal en esta materia.

Existe la preocupación de que los defensores de la ilegalidad de las herramientas de detección creen un precedente que permita a las distintas plataformas marcar y eliminar cualquier tipo de contenido. En cualquier caso, la Comisión no se ha pronunciado todavía sobre la postura que adopta en relación con el uso de herramientas que detectan y denuncian material de abuso sexual infantil. Igualmente, el proyecto de ley que recoge la excepción a la Directiva 2002/58/EC para combatir este tipo de delitos tiene como plazo el 21 de diciembre.

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