La AEPD multa a una empresa por no incluir enlaces de cómo eliminar o desactivar cookies a través de los diferentes navegadores.

Comparte

La empresa de envasado de productos, Aranow, ha sido sancionada por la Agencia Española de Protección de Datos por no incluir ningún link en su Política de Cookies que enlace con los diferentes navegadores. Igualmente, la página web no tenía ningún mecanismo que permitiese rechazar el uso de las cookies, por lo que no se podía revocar el consentimiento de forma sencilla.

De acuerdo con la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI) considera que “utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos cuando no se hubiera facilitado la información u obtenido el consentimiento del destinatario del servicio” es una infracción leve, pudiendo ascender la multa hasta con 30.000 euros.

De los 3.000 euros impuestos por la AEPD, la sanción se ha visto reducida a un total de 1.800 euros por la aplicación de dos reducciones (pago voluntario y reconocimiento de la responsabilidad).

Puedes acceder a esta resolución haciendo click en el siguiente enlace:

https://www.aepd.es/es/documento/ps-00100-2020.pdf

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

27, febrero 2020

Consumo abre una investigación contra Ryanair por posible publicidad engañosa.

11, septiembre 2019

El “SIM Swapping” vuelve a España.

13, julio 2023

Microsoft ve la luz para la adquisición de Activision Blizzard

16, enero 2025

El Procurador General de Texas demanda a Allstate por la recopilación de datos de sus conductores

13, julio 2023

La AEPD actualiza su guía de cookies para incluir los criterios del CEPD sobre dark patterns en redes sociales

24, febrero 2022

El simple hecho de estar dado de alta en una aplicación o plataforma, ¿puede ser un dato especialmente protegido?