El Gobierno garantiza los derechos laborales de los “riders”

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Se publica el nuevo Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales.

Este Decreto-ley pone fin al debate sobre la laboralidad de los riders, ya que se determina la presunción de laboralidad de las actividades de reparto o distribución de cualquier producto o mercancía a través de la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo a través de una plataforma digital.

Mediante esta norma, se establece el derecho de información de los representantes de los trabajadores (comité de empresa), que deben ser informados por la empresa de las reglas en las que se basan los algoritmos o los sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones (lógica aplicable) que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y el mantenimiento de empleo, incluyéndose la elaboración de perfiles.

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