El sindicato CSIF, sancionado por haber difundido un censo electoral por WhatsApp.

Comparte

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 3.000 euros a la Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF) por haber difundido en un grupo de WhatsApp el censo electoral de la Unidad Central de Radiodiagnóstico de la Comunidad de Madrid sin consentimiento.

Como norma general, la normativa laboral y, en concreto, el Estatuto de los Trabajadores señala que: “Cuando se trate de elecciones a miembros del comité de empresa, constituiida la mesa electoral solicitará al empresario el censo laboral y confeccionará, con los medios que le habrá de facilitar éste, la lista de electores. Esta se hará pública en los tablones de anuncios mediante su exposición durante un tiempo no inferior a setenta y dos horas”.

En sus alegaciones, el CSIF solicitó la desestimación de la reclamación porque no era cierto el argumento de que el listado del censo electoral es de uso exclusivo para los sindicatos y que la comunicación realizada por Whatsapp se realizó debido a que los miembros del grupo tenían dificultades para acceder a la intranet donde se hallaban esos datos.

Link a la resolución:

https://www.aepd.es/es/documento/ps-00274-2019.pdf

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

23, julio 2020

¿Atresmedia debe remunerar por el uso de fonogramas en obras audiovisuales?

11, enero 2023

Amazon, demandada por infracción de patente

24, junio 2021

Sanción de 1,6 millones de euros por el uso de cámaras corporales en el transporte público

20, febrero 2025

El nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género recoge medidas sobre el entorno digital

14, enero 2021

Ciberamenazas contra entornos empresariales: nueva guía del INCIBE.

13, febrero 2020

Los patinetes eléctricos que circulen a más de 25 km/h necesitan un permiso de conducir.