Aprobado el Código de Conducta para resolución de controversias de protección de datos en el sector de las telecomunicaciones
La Agencia Española de Protección de Datos ha aprobado el “Código de Conducta para la resolución de controversias de protección de datos personales en el sector de las Telecomunicaciones”.
Este Código ha sido promovido por las principales operadoras de Telecomunicaciones y Telefonía presentes en España, que consideran adecuado establecer un mecanismo que permita a los interesados resolver de manera eficaz aquellas controversias que pudieran surgir en relación con las actividades de tratamiento en el marco de contratos de prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, y concretamente, la resolución extrajudicial de las siguientes reclamaciones:
- Falta de atención o no atención en plazo de los derechos de protección de datos personales.
- Tratamientos de datos sin una base de legitimación derivados de una contratación o realización de una gestión en nombre del interesado sin su autorización.
- Tratamiento de datos sin base de legitimación derivados de la facturación de importes indebidos tras la aceptación de la solicitud de baja del servicio contratado.
- Tratamiento de datos sin base de legitimación derivado de la comunicación a sistemas comunes de información crediticia por parte del operador, relacionados con una deuda incierta, no determinada, inexistente, no vencida; consulta indebida en sistemas comunes de información crediticia y comunicación de datos sin base de legitimación en el marco de una cesión de deuda.
- Supresión de datos de personas fallecidas.
- Faltas de transparencia e información en materia de privacidad a los afectados.
Este Código será gestionado y supervisado por parte de AUTOCONTROL. y será gestionado y supervisado por parte de AUTOCONTROL. Una vez recepcionada la reclamación del afectado, AUTOCONTROL iniciará el procedimiento de mediación regulado en el Código que deberá ser resuelto en el plazo máximo de 30 días (aunque se puede llegar a ampliar a un plazo máximo de 3 meses).
La novedad que introduce este Código es el procedimiento de resolución de controversias que hayan sido trasladadas por parte de la Agencia Española de Protección de Datos.
El Código entrará en vigor el próximo 17 de Diciembre de 2024. Con su entrada en aplicación, se espera que este tipo de reclamaciones sean solucionadas en plazos inferiores a los actuales.
Código de Conducta para la resolución de controversias de protección de datos en el Sector de las Telecomunicaciones. https://www.aepd.es/documento/codigo-conducta-telecos-cc-0001-2024.pdf