Phanter v. Panthé: el TGUE rechaza el recurso presentado por El Corte Inglés.
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha rechazado el recurso presentado por El Corte Inglés en el que solicitaba la anulación del registro de la marca italiana “Panthé”, cuya titularidad corresponde a MKR Design Srl, por considerar que podía llegar a generar confusión con su marca “Panther”.
En ese sentido, el TGUE ha señalado que, independientemente de la posible confusión fonética entre las marcas “Panther” y “Panthé”, las diferencias a nivel gráfico y conceptual son claras y se prevalecen sobre el eventual riesgo de confusión.
A este respecto, indica el TGUE en su resolución que el concepto “pantera” al que hace alusión el Corte Inglés con su marca “Panther” no se encuentra relacionada de forma alguna con al contenido que evoca la marca italiana “Panthé”, término imaginario que carece de significado.
Por otro lado, a la hora de realizar una comparación sobre el impacto visual de ambos signos distintivos, concluye el TGUE que las marcas presentan notables diferencias que permiten al consumidor distinguir de forma sencilla ambos signos. Así, la marca de El Corte Inglés tiene como elemento central un felino que abarca la mayor parte del signo distintivo, mientras que el signo “Panthé” aparece rodeado por un fino rectángulo negro.
Frente a las importantes diferencias visuales y conceptuales, el carácter fonético no juega un papel relevante.