Comienza la cuenta atrás para que las plataformas y buscadores en línea publiquen su número de usuarios
A pesar de su entrada en vigor hace unos meses, el Reglamento de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés) todavía no es plenamente aplicable, pues introduce obligaciones de diligencia debida para las plataformas en línea y los motores de búsqueda que comienzan a ser de aplicación de forma escalonada en el tiempo.
El Reglamento distingue entre obligaciones básicas aplicables a todos los prestadores de servicios intermediarios, así como obligaciones adicionales para los prestadores de servicios de alojamiento de datos y, más concretamente, los prestadores de plataformas en línea, de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño.
Por tanto, para que esas obligaciones se adapten al tipo, el tamaño y la naturaleza del servicio intermediario de que se trate, las plataformas en línea y los motores de búsqueda están obligados a incluir en una sección de su interfaz en línea a disposición del público, información sobre el promedio mensual de destinatarios del servicio activos en la Unión Europea en los seis últimos meses.
De este modo, el próximo 17 de febrero de 2023 será necesario que todas las plataformas y motores de búsqueda hayan publicado su promedio mensual de usuarios activos, información que deberá ser actualizada al menos una vez cada seis meses desde entonces.
Si el número de usuarios supera el 10 % de la población de la UE (45 millones de usuarios), la Comisión puede designarlos como “plataformas en línea de muy gran tamaño” o “motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño”, debiendo cumplir, en ese caso, una serie de obligaciones adicionales en materia de información y transparencia (por ejemplo, deben facilitar sus condiciones generales en las lenguas oficiales de todos los Estados miembros en los que ofrezcan sus servicios), así como adoptar las correspondientes medidas de reducción de riesgos.
Con el propósito de aclarar las dudas relacionadas con la obligación de publicar la información relativa al número de usuarios, la Comisión Europea ha publicado una Guía sobre el requisito para calcular el número de usuarios que pretende ir actualizando en los próximos meses.