El Tribunal Supremo confirma la multa de 765.001 euros a Telefónica por limitar el derecho del consumidor a recibir facturas en papel

Comparte

El Consejo General del Poder Judicial, el pasado nueve de mayo de 2024, publicó un adelanto del contenido de la sentencia desestimatoria, dictada por el Tribunal Supremo sobre el caso de Telefónica Móviles España, S.A.U con relación a la cláusula de facturación que figuraba en las condiciones generales de la compañía de telefonía. 

A pesar de que dicha sentencia aún no es accesible al público, el artículo del Consejo General del Poder Judicial adelanta los puntos esenciales del fallo.

Según se indica, la cláusula objeto del litigio establecía que, en caso de elegir la domiciliación bancaria, la contratación de dicho servicio suponía la aceptación por parte del usuario a recibir la factura en formato electrónico (para recibirla en papel, el usuario, debería solicitarlo).

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo debía resolver sobre si puede considerarse válido el consentimiento prestado a través de una condición general de la contratación o si se requiere de un consentimiento separado y específico.

En la sentencia, la Sala, ha determinado que dicha cláusula es abusiva por limitar de manera sustancial el derecho de los usuarios a recibir la factura en papel, rechazando así los argumentos de Telefónica relativos a la posibilidad de la que disponía el usuario a solicitar la factura en papel.

Dicha argumentación de la Sala se basa en dos cuestiones: la primera de ellas es que la recepción de factura en papel es un derecho incondicionado del usuario y, la segunda, es que la renuncia a dicho derecho ha de manifestarse por un procedimiento contemplado en la ley.

El Supremo llega a esta conclusión interpretando que, al indicar el texto legal que el usuario debe poder revocar el consentimiento se está, necesariamente, excluyendo la posibilidad de que dicha factura electrónica sea incluida en unas condiciones generales que son necesarias para la contratación.

Permaneceremos atentos a la publicación de la sentencia para conocer los detalles concretos de la misma y medidas que se puedan tomar para evitar que esto se replique en otras empresas. 

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

19, noviembre 2020

Ticketmaster sancionada con 1,25 millones de libras por no proteger los detalles de pago de sus clientes.

15, abril 2020

«Ni abogados ni oficinas: el bufete del futuro aterriza en España».

30, abril 2020

Aplicaciones móviles, datos de localización y Covid-19: ¿Qué opinan las autoridades europeas de protección de datos al respecto?

20, noviembre 2019

Nike dejará de comercializar sus productos en Amazon por la venta de falsificaciones.

13, enero 2022

El Supervisor Europeo de Protección de Datos apercibe al Parlamento Europeo por la transferencia ilegal de datos a EEUU, tras Schrems II

21, mayo 2019

Los expertos coinciden en un alto riesgo de sanciones para España un año después de la aplicación efectiva del RGPD