Entra en vigor la nueva Ley General de Telecomunicaciones
Se ha publicado en el BOE la nueva Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones ("LGT"), que sustituye a la Ley 9/2014 hasta ahora vigente; suponiendo de esta forma, la transposición del Código de Comunicaciones Electrónicas de la Unión Europea a la legislación nacional.
Por otro lado, la citada ley se enmarca dentro la estrategia marcada en el “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia” nacional, por el cual se prevé la inversión de 4.000 millones de euros para extender la conectividad al 100% de la población, impulsar el desarrollo del 5G e impulsar el ecosistema de ciberseguridad.
El texto introduce una serie de reformas encaminadas a facilitar el despliegue de las redes de muy alta capacidad como es el hecho de aportar una regulación más flexible para los acuerdos de co-inversión entre operadores, el fomento al impulso a la compartición de infraestructuras pasivas y la posibilidad de desplegar estaciones base de baja potencia (small cells).
Las prestaciones de servicio universal se reducen al servicio de telefonía fija y a la conexión a Internet desde una ubicación fija a 10 Mbit por segundo en sentido descendente, con posible ampliación a 30 Mbit por segundo. La normativa prevé que los operadores deben ofrecer a los consumidores con rentas bajas o con necesidades sociales especiales opciones o paquetes de tarifas que difieran de las aplicadas en condiciones normales, pudiendo exigirse limitaciones de precios.
Por otro lado, se introduce la denominada Caja de Herramientas de Conectividad de la Unión Europea, la cual permite una mayor comunicación entre las administraciones estableciendo un punto único de información y tramitación de permisos.
Respecto a los derechos de los usuarios, se introducen nuevos derechos en beneficio de los usuarios, como la capacidad de desbloquear la tarjeta móvil para facilitar el cambio de operador, conservar el saldo prepago, mantener el número un mes después de la resolución del contrato y el derecho al reenvío gratuito de correos electrónicos o al acceso a los mismos una vez rescindido el contrato.
Asimismo, es mejorada la transparencia en la contratación, ya que los proveedores deberán incluir condiciones más detalladas en la información previa a la contratación, limitándose la misma a un periodo máximo de 24 meses, pudiendo el usuario prorrogar el contrato o cambiar de operador sin penalización.
Por último, cabe destacar que se establecen obligaciones de información respecto al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación el cual ha de habilitar un punto de información único en materia de infraestructuras existentes susceptibles de alojar redes de comunicaciones electrónicas de alta y muy alta capacidad. En este sentido, se impone a los titulares y gestores de puntos de intercambio de internet (IXP) y a los titulares y gestores de cables submarinos, obligaciones de comunicación respecto al citado ministerio.