Una demanda federal presentada ante un tribunal del Distrito Norte de California por un grupo internacional de reclamantes sostiene que Meta Platforms Inc. podría tener la capacidad de acceder a contenidos de mensajes cifrados en su aplicación WhatsApp. De ser cierto, ello contradiría las afirmaciones públicas de la empresa sobre la naturaleza de su cifrado de extremo a extremo (end-to-end), conforme a las cuales, por diseño, únicamente los remitentes y destinatarios de las comunicaciones pueden leer los mensajes intercambiados.
La demanda parte de declaraciones de whistleblowers no identificados, según las cuales empleados o personal relacionado con WhatsApp habrían tenido acceso sin restricciones al contenido de los chats, incluso cuando estos se encuentran protegidos por cifrado de extremo a extremo. La demanda alega que Meta no solo almacena, sino que puede acceder a dichos mensajes, lo que supondría que las promesas de privacidad proclamadas en su oferta de mercado podrían ser materialmente inexactas y generar responsabilidad por prácticas comerciales engañosas.
Meta ha rechazado categóricamente estas acusaciones, calificándolas de “falsas y absurdas” y ha señalado que el propósito del litigio está relacionado con intereses estratégicos de terceros. La compañía sostiene que el cifrado de extremo a extremo implementado en WhatsApp está basado en claves que residen únicamente en los dispositivos de los usuarios y no permite el acceso a los mensajes por parte de la propia empresa.
Desde un punto de vista técnico, los esquemas de cifrado de extremo a extremo como los utilizados por WhatsApp hacen que, bajo los protocolos estándar, el contenido de una comunicación sea accesible únicamente mediante las claves privadas de los dispositivos remitente y receptor, y no por servidores intermedios ni por el proveedor del servicio.