Un juzgado de Valencia reconoce la relación laboral de 97 ‘riders’ con Deliveroo.

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ElJuzgado de lo Social número 5 de Valencia ha reconocido en una sentencia larelación laboral existente entre 97 repartidores de comida a domicilio,conocidos popularmente como ‘riders’, y la empresa Roodfood Spain SL, titularde la plataforma digital Deliveroo. La magistrada ha estimado así la demanda deprocedimiento de oficio interpuesta por la Tesorería General de la SeguridadSocial (TGSS) contra dicha empresa. Según ha dictaminado ahorael juzgado, “los verdaderos medios de producción en esta actividad no son labicicleta y el móvil que el repartidor o ‘rider’ usa, sino la plataformadigital de emparejamieto de oferta y demanda propiedad de la empresa, en la quedeben darse de alta restaurantes, consumidores y repartidores o ‘riders’, y almargen de la cual no es factible la prestación del servicio”. El fallo no esfirme y puede ser recurrido ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

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