¿Se pueden usar cámaras inteligentes en el transporte público para medir el uso de mascarillas?

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El pasado 10 de marzo, la autoridad francesa de protección de datos, la Comisión Nacional de Informática y Libertades de Francia (“CNIL”) publicó su Dictamen sobre el decreto del uso de cámaras inteligentes para medir la tasa de uso de mascarillas en el trasporte público.

En dicho Dictamen, la CNIL consideró que los dispositivos se encuentran vinculados a una obligación legal de salvaguarda de la salud pública y, en consecuencia, de conformidad con el marco de protección de datos, una limitación a los derechos de los interesados, específicamente al de oposición.

De igual forma, se señala que las cámaras no constituyen un sistema de reconocimiento facial y, en consecuencia, se descarta un tratamiento de datos biométricos, toda vez que, la cámara no tiene como finalidad el reconocimiento de los usuarios del transporte. 

Por lo anterior, los operadores y gerentes de los servicios de transporte público podrán hacer uso de cámaras inteligentes en los servicios de transporte público para medir la tasa de uso de mascarillas en el contexto de la crisis sanitaria.

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