Se exigirá a las empresas de reparto que compartan los algoritmos que utilizan para decidir a qué trabajador envían a cada trayecto.

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El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha aceptado incluir en la denominada «Ley Rider» la propuesta de crear un registro de plataformas digitales. Por esta razón, las empresas de reparto que participen se verían en la obligación de informar de su actividad y detallar su funcionamiento.

No se encuentra un listado oficial de las empresas que participarían en el citado registro, pero se espera que aparezcan algunas de las más populares como Amazon y Glovo, entre otras. En cualquier caso, parece que el documento obliga a todas las entidades relacionadas con el sector delivery o de reparto a formar parte de este registro, al establecer que será indispensable para «las entidades que funcionen como plataformas digitales coordinando transacciones mediante el uso de algoritmos», además de la multa que se les impondrá a las organizaciones de estas características que no se inscriban en el registro (entre 6.251 y 187.515 euros).

La nueva «Ley Rider» obligará a las empresas a revelar información suficiente para evitar el sin fin de inspecciones de trabajo que se realizan respecto a este sector. De esta manera, se consigue regular un sector en el que, hasta el momento, las organizaciones se aprovechaban de trabajar con personas clasificadas como «falsos autónomos», tal y como sentenció el Tribunal Supremo en el mes de septiembre. En este sentido, la citada ley tiene como objetivo regular o concretar la forma de trabajar de las compañías con sus contratados.

En definitiva, las entidades deberán informar del algoritmo utilizado por la organización. Los sindicatos tendrán derecho a conocer información relativa respecto de estos algoritmos para determinar, de la mejor forma posible, las condiciones de trabajo y acceso al empleo.

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