La privacidad de WhatsApp se ha situado esta semana en el centro de un litigio de alcance internacional tras la presentación de una demanda ante un tribunal federal de Estados Unidos contra Meta, su empresa matriz.
La demanda cuestiona la veracidad de las garantías de cifrado de extremo a extremo que WhatsApp comunica a sus usuarios y el nivel real de protección de las comunicaciones que la compañía afirma ofrecer públicamente.
Según los demandantes, el diseño técnico del servicio permitiría a Meta acceder, almacenar o analizar el contenido de mensajes, imágenes, llamadas y otros datos compartidos a través de la aplicación. Estas prácticas, de confirmarse, entrarían en contradicción con la afirmación de que solo el emisor y el destinatario pueden conocer el contenido de las conversaciones.
Para los demandantes, esta posible divergencia entre el mensaje trasladado a los usuarios y el funcionamiento efectivo del sistema resulta especialmente relevante desde la perspectiva de la confianza y la protección de la información personal.
Meta ha negado de forma expresa estas acusaciones y ha reiterado que WhatsApp utiliza el protocolo Signal, con cifrado de extremo a extremo activado por defecto. La compañía sostiene que no puede acceder al contenido de los mensajes y defiende que sus políticas de privacidad son transparentes, calificando la demanda de infundada.
El litigio plantea así si las garantías de privacidad que WhatsApp comunica a sus usuarios se corresponden realmente con el funcionamiento técnico de la plataforma. El debate no se centra en el uso que hacen los usuarios del servicio, sino en si Meta puede presentar el cifrado de extremo a extremo como una protección total cuando existen alegaciones de acceso o tratamiento de los contenidos.
Si el procedimiento avanza, podría reforzarse la exigencia de que las plataformas tecnológicas describan sus sistemas de seguridad de forma más precisa y coherente, especialmente cuando estas garantías son un elemento clave de confianza para los usuarios.
En un plano más amplio, el caso apunta a un mayor escrutinio sobre la responsabilidad de las grandes tecnológicas cuando se presentan como garantes de la confidencialidad de las comunicaciones privadas.