La Comisión publica el segundo proyecto de Código de buenas prácticas sobre marcado y etiquetado de contenidos generados por IA

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La Comisión Europea ha publicado el segundo borrador del Código de Buenas Prácticas sobre el marcado de contenidos generados por IA, una herramienta esencial para cumplir con el Artículo 50 del Reglamento de IA. Este instrumento de autorregulación supervisada establece las pautas técnicas que serán legalmente exigibles a partir del 2 de agosto de 2026. El nuevo borrador busca definir buenas prácticas de transparencia, simplificar las cargas de cumplimiento e introducir flexibilidad técnica, entre las que destacan:

Para los proveedores, se consolida una estrategia de marcado en dos capas que combina metadatos con firma digital y marcas de agua imperceptibles entrelazadas en el contenido. Además, se introducen mecanismos de reserva como el fingerprinting y el registro de logs, diseñados para garantizar que el origen sintético del contenido sea detectable incluso si las etiquetas principales son alteradas o eliminadas durante su distribución.

En cuanto al despliegue, el texto busca la uniformidad visual mediante un sistema de dos pasos, empezando con el uso de un icono común de la UE y, en una fase posterior, el desarrollo de una etiqueta interactiva que ofrezca información detallada al usuario. El texto define regímenes específicos para obras artísticas, satíricas o ficticias y para publicaciones de texto sujetas a revisión humana o control editorial.

En cuanto al despliegue, el texto del borrador busca la uniformidad visual mediante un sistema de dos pasos que comienza con el uso de un icono común de la UE seguido de una fase posterior, que consiste en el desarrollo de una etiqueta interactiva que ofrezca información detallada al usuario mediante una capa adicional de datos. El documento define regímenes específicos para obras artísticas, satíricas o ficticias, y para publicaciones de texto sujetas a revisión humana o control editorial.

La Comisión recibirá aportaciones hasta el 30 de marzo de 2026 con el objetivo de publicar la versión final en junio de ese mismo año. Este margen de apenas dos meses antes de la plena aplicación de la ley subraya la necesidad de que los actores del sector tecnológico comiencen a integrar estos estándares de inmediato.

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