La CNMV publica la nueva Circular sobre la publicidad de los criptoactivos

Comparte

La Comisión Nacional de Mercados y Valores (CNMV) publicó el pasado 17 de enero una nueva Circular en la que regula la publicidad de los criptoactivos y que entrará en vigor un mes después de esta publicación.

Como se establece en el mismo texto de la circular, la norma introduce novedades que van desde los conceptos básicos de lo que, a estos efectos, debe considerarse un criptoactivo, de manera que se establece un concepto amplio, preparado para abarcar los cambios que puedan sucederse en la materia; hasta conceptos más específicos como el contenido de las campañas publicitarias o la forma de comunicación de las campañas a la autoridad de supervisión.

El objeto de la norma es la regulación tanto del contenido como del formato de las comunicaciones publicitarias relativas a criptoactivos. Por lo que respecta al formato, debe utilizarse un lenguaje “claro, equilibrado, imparcial y no engañoso”. Además, con motivos de aumentar la precaución en los ciudadanos sobre los riesgos que puede implicar la inversión en este tipo de activos, la publicidad deberá incluir la advertencia “La inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido”.

La Circular no será de aplicación, en cambio, a los NFT, siempre que se trate de activos destinados a ser coleccionados, obras con propiedad intelectual o cuando vayan a ser utilizados exclusivamente como parte de juegos y no como objeto de inversión.

La Circular subraya el papel de supervisión de la CNMV en la realización de campañas publicitarias de criptoactivos, reforzando el control en el caso de campañas publicitarias dirigidas a 100.000 personas o más.

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

22, junio 2022

Emitir fútbol en un bar sin autorización es un delito leve al mercado y no contra la propiedad intelectual

7, diciembre 2022

Aprobada por el Congreso la Ley de Startups

20, noviembre 2019

Cierre y multa de 400.000 euros a la web “exvagos.com” por infracción de derechos de propiedad intelectual.

19, marzo 2020

El Supremo da la razón a Uber y anula la prohibición de vender licencias VTC durante dos años.

19, mayo 2021

Sanción por vigilar a los empleados

18, septiembre 2025

Paypal anuncia su propio “Bizum global”