La AEPD multa a Ikea con 10.000 euros por instalar Cookies sin el consentimiento de los usuarios en su página web.

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La Agencia Española de Protección deDatos (AEPD) ha impuesto a Ikea una sanción de 10.000, al entender la compañíaincumple lo dispuesto en el artículo 22.2 de la LSSI al instalar dispositivosde almacenamiento y recuperación de datos –cookies- no exentos del deber deinformar en los terminales de los usuarios que accedían a su página web mediandoel rechazo de los interesados para ello.

De acuerdo a las inspecciones llevadasa cabo por la AEPD, se ha constatado que en el sitio web de Ikea se descargaroncookies no exentas del deber de informar con posterioridad a haberse confirmadola opción mostrada en el panel de configuración

por defecto (rechazo de cookies) yhaber navegado por varias páginas del mismo. En concreto se descargaron lascookies analíticas, de preferencias y publicidad comportamental.

Puedesconsultar la resolución completa de la AEPD aquí: https://www.aepd.es/resoluciones/PS-00127-2019_ORI.pdf

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