Histórico acuerdo sobre Inteligencia Artificial del G7

Comparte

El G7, foro político intergubernamental conformado por Alemania, Canadá, Francia Estados Unidos, Italia, Japón y Reino Unido, llegó a un acuerdo sobre los principios rectores internacionales de la inteligencia artificial, así como de un código de conducta voluntario para las empresas que desarrollen sistemas avanzados de inteligencia artificial en el marco del proceso de IA de Hiroshima.

Dicho código de conducta voluntario representa un hito en la manera en que estos países gobiernan la IA. Esta tecnología ha generado preocupaciones sobre la privacidad y los riesgos de seguridad, más allá de las incuestionables oportunidades que ofrece.

El pasado mes de mayo, los líderes políticos de los países que conforman el G7, junto con la Unión Europea, dieron inicio el proceso en un foro ministerial denominado «Hiroshima». Proceso de IA».

El código, el cual consta de once puntos busca promover una IA segura y confiable, proporcionando una orientación voluntaria a aquellas entidades que desarrollen sistemas avanzados de IA, incluyendo los modelos básicos y los sistemas de IA generativos.

En este sentido, el código pretende que aquellas empresas involucradas tomen medidas adecuadas para identificar, evaluar y mitigar los riesgos a lo largo del ciclo de vida de la IA. Del mismo modo, el código insta a estas empresas a abordar incidentes y patrones de uso indebido tras la comercialización de los productos.

Aquellas empresas que suscriban voluntariamente el código tendrán que publicar informes públicos sobre las capacidades, limitaciones y el uso y mal uso de los sistemas de IA. Por otro lado, las empresas deberán invertir en controles de seguridad sólidos.

En este contexto, se ha impuesto la tercera vía, aquella alternativa entre la posición de la Unión Europea y la de los Estados Unidos. De este modo, la alternativa propuesta por Japón se ha postulado como un punto intermedio entre las otras dos. En concreto, el gobierno del país nipón puso sobre la mesa una regulación más laxa que la europea, pero lo suficientemente concreta como para abordar los problemas derivados del uso de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual o la exposición de datos de carácter personal.

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

8, julio 2021

La CNMC investiga posibles prácticas anticompetitivas de Apple y Amazon

21, marzo 2024

Malware “zero-click”: cómo operan los gusanos de IA

5, enero 2020

Los ALSP han llegado para quedarse.

30, junio 2022

La autoridad de protección de datos de Luxemburgo lanza un nuevo mecanismo de certificación: GDPR-CARPA

27, julio 2022

La CNIL publica su posición respecto al uso de cámaras inteligentes en espacios públicos

26, marzo 2020

Cantar en los balcones durante la cuarentena no vulnera derechos de propiedad intelectual.