Expertos en privacidad utilizan la evaluación de impacto para comprobar si sus tratamientos de datos vulneran derechos y libertades.

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El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece en su artículo 35.1 que en aquellos casos en los que sea probable que los tratamientos entrañen un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas incumbe al responsable del tratamiento realizar una evaluación de impacto (EIPD) relativa a la protección de datos, que evalúe, en particular, el origen, la naturaleza, la particularidad y la gravedad del riesgo.

Entrevista a nuestra CEO & Founder Natalia Martos en Confilegal.

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