El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que los “riders” de Glovo son falsos autónomos.

Comparte

El pleno del TSJ de Madrid ha dictadouna nueva sentencia en la que estima parcialmente el recurso de un repartidor yestablece que existe una relación laboral y no de autónomos con la plataformaGlovo, al no poder interpretarse que la consideración de Glovo como empresa ‘ondemand’ haga que sus trabajadores sean independientes económicamente y ajenos asus órdenes.

Tras varias idas y venidas y sentencias contradictorias, la sentencia del TSJM, con criterio unánime de sus 17 magistrados, establece que dicho trabajador puede ser considerado como un “falso autónomo”, ya que Glovo se lucra del trabajo de los “riders” y determina elementos esenciales de la relación, así como que el medio por el que realizan sus repartos no es ajeno, sino proporcionado por Glovo.

Puedes consultar el texto íntegro de la sentencia aquí: https://diariolaley.laleynext.es/content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbH1CjUwMDAzNTAwMTRRK0stKs7Mz7Mty0xPzStJBfEz0ypd8pNDKgtSbdMSc4pT1RKTivNzSktSQ4sybUOKSlMBZMtUAEUAAAA=WKE

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

12, noviembre 2020

Thermomix vs Monsier Cuisine: guerra de patentes.

2, septiembre 2020

Amazon recibe permiso para entregar paquetes con drones.

18, septiembre 2025

Paypal anuncia su propio “Bizum global”

9, noviembre 2023

La nueva estrategia de los artistas para proteger sus derechos de autor frente a la IA: el envenenamiento de datos

30, enero 2020

Haribo denuncia a la empresa española que comercializa “ositos con alcohol” por considerar que vulnera sus derechos de propiedad intelectual.

16, enero 2020

El Comité Europeo de Protección de Datos publica una Opinión Preliminar sobre protección de datos e investigación científica.