El Gobierno garantiza los derechos laborales de los “riders”

Comparte

Se publica el nuevo Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales.

Este Decreto-ley pone fin al debate sobre la laboralidad de los riders, ya que se determina la presunción de laboralidad de las actividades de reparto o distribución de cualquier producto o mercancía a través de la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo a través de una plataforma digital.

Mediante esta norma, se establece el derecho de información de los representantes de los trabajadores (comité de empresa), que deben ser informados por la empresa de las reglas en las que se basan los algoritmos o los sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones (lógica aplicable) que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y el mantenimiento de empleo, incluyéndose la elaboración de perfiles.

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

7, noviembre 2019

Alemania impone una sanción de 14,5 millones de euros a una inmobiliaria por conservar datos durante más tiempo del necesario e incumplir el principio de “Privacy by design”.

24, diciembre 2020

Google adquiere Fitbit.

26, marzo 2020

Apple registra una patente para difuminar la pantalla del móvil y evitar que la cotilleen.

8, julio 2020

Los atacantes pueden robar tu casa gracias a los metadatos de las cámaras de seguridad domésticas.

19, mayo 2021

La AEPD procede al archivo de actuaciones en relación al estudio de los desplazamientos diarios durante la pandemia por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

10, diciembre 2019

Natalia Martos Díaz has been included, for the third consecutive year, in the 2020 Edition of The Best Lawyers in Spain.