El EDPB insta a las compañías aéreas a utilizar métodos menos intrusivos de reconocimiento facial

Comparte

A petición de la autoridad francesa de protección de datos, el EDPB ha emitido un Dictamen sobre el uso de tecnologías de reconocimiento facial en los aeropuertos por parte de los operadores aeroportuarios y las compañías aéreas. En él, el Comité Europeo de Protección de Datos subraya la sensibilidad de los datos biométricos y los riesgos asociados a su tratamiento, puesto que su uso indebido puede conducir a posibles sesgos, discriminación o la usurpación de identidad. Por ello, el EDPB aboga por métodos menos intrusivos a la hora de agilizar los flujos de pasajeros y subraya que las personas deben tener el máximo control sobre sus datos biométricos.

El Dictamen examina la compatibilidad del tratamiento de datos biométricos con los principios del RGPD, centrándose en la limitación del almacenamiento, la integridad y la confidencialidad, la protección de datos desde el diseño y por defecto y la seguridad del tratamiento.

Dado que no existe un requisito legal uniforme en la UE para que los operadores aeroportuarios y las compañías aéreas verifiquen que el nombre en la tarjeta de embarque del pasajero coincide con el nombre en su documento de identidad, cuando no se requiera la verificación de la identidad de los pasajeros con un documento de identidad oficial, el Comité considera que no debe realizarse dicha verificación con el uso de datos biométricos, ya que esto daría lugar a un tratamiento excesivo de datos.

De este modo, concluye que las únicas soluciones de almacenamiento compatibles con los principios del RGPD son aquellas mediante las cuales los datos biométricos se almacenan en manos de la persona o en una base de datos central, pero con la clave de cifrado únicamente en su poder. Por el contrario, aquellas soluciones en las que el almacenamiento centralizado sin claves de cifrado individuales en manos de la persona no pueden ser compatibles con los requisitos de protección de datos desde el diseño y por defecto ni cumplirían los requisitos de seguridad del tratamiento.

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

8, julio 2021

Cuidado con acceder al correo electrónico de antiguos empleados

18, septiembre 2019

PSD2: Entra en vigor la nueva normativa que protege los pagos por Internet.

22, febrero 2024

El uso de la biometría bajo el punto de mira de la regulación

22, julio 2021

La autoridad alemana actualiza su información sobre transferencias internacionales de datos

13, julio 2022

TikTok alega un interés legítimo para el envío de publicidad personalizada a sus usuarios, sin contar con su consentimiento

29, octubre 2018

Natalia Martos es abogada, experta en tecnología y privacidad desde el 2002, primero en el mundo de la tecnología con la red social Tuenti, Grupo Prisa y más tarde en firmas como Andersen Tax & Legal y Pérez Llorca, ahora CEO y fundadora de Legal Army.