El Comité Europeo de Protección de Datos presenta sus directrices sobre el consentimiento y pone en duda el criterio de la AEPD para la aceptación de cookies.

Comparte

El Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB) ha publicado sus directrices sobre el consentimiento conforme al RGPD (Guidelines 05/2020 on consent under Regulation 2016/679), en el que afirma, entre otras cuestiones, que acciones como desplazarse o hacer «scroll» por una página web o una actividad similar de los usuarios no cumplirá bajo ninguna circunstancia el requisito de una acción clara y afirmativa exigida para otorgar un consentimiento válido, estableciendo así un criterio diferente al indicado por la Agencia Española de Protección de Datos en su Guía de Cookies.

De esta manera, el organismo europeo pone en duda el criterio confirmado por la AEPD, señalando que “tales acciones pueden ser difíciles de distinguir de otras actividades o interacciones de un usuario y por lo tanto tampoco será posible determinar que se ha obtenido un consentimiento inequívoco”, así como que “será difícil proporcionar una forma para que el usuario retire su consentimiento de una manera que sea tan fácil como concederlo”.

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

3, junio 2021

¿Qué papel ocupan los intervinientes en la gestión del negocio referido a Instituciones de Inversión Colectiva?

11, mayo 2022

Detenidas 44 personas por el robo de datos personales para usurpar la identidad de consumidores y contratar servicios no autorizados

10, marzo 2022

¿Cuál es el momento adecuado para nombrar a un DPO? Las funciones del DPO en las distintas fases de la adecuación al RGPD

30, junio 2017

¿Cómo puede evolucionar la Inteligencia Artificial en los despachos de abogados?

26, octubre 2023

La AEPD sanciona a BBVA con 1,6 millones de euros por la suplantación de identidad de una de sus clientas

16, octubre 2019

Hacienda utiliza opiniones de TripAdvisor y El Tenedor para rastrear posibles fraudes fiscales de los restaurantes.