Grupo Anaya deberá indemnizar a una traductora por publicar un texto citando a la autora, pero sin su autorización
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 16 de mayo de 2023, ha confirmado la condena a la editorial Anaya a pagar una indemnización de 2.000 euros a una traductora que tradujo un libro del japonés al castellano, por incluir la obra traducida de forma íntegra y sin autorización de la autora. El tribunal considera que la inclusión de la obra traducida por la autora dentro de una antología sobre literatura japonesa constituye un acto de reproducción que, salvo que resultara de aplicación alguno de los límites legales, requiere la autorización de la titular de los derechos generados por la traducción.
Dado que la inserción de la obra traducida en el libro publicado por Editorial Cátedra, del Grupo Anaya S.A., se hacía incluyendo a pie de página una cita de la autora de la traducción, el Supremo entró a analizar los límites a los derechos de propiedad intelectual de explotación de una obra derivada, y en concreto el alcance del derecho de cita.
Este derecho permite incluir en una obra propia de fragmentos de otras, de forma lícita, “siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico”, si bien, “tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada”.
El Supremo confirmó el criterio seguido por la Audiencia Provincial de Madrid al entender que la reproducción de la traducción en la obra de la demandada no estaba amparada por este límite legal, pues no se trataba propiamente de un fragmento, sino de la obra íntegra, por lo que esta reproducción no es ajustada a los “usos honrados” de una obra ajena, y además ocasionaba un perjuicio injustificado a los legítimos intereses de la traductora.
Debido a ello, ordenó el cese de la reproducción y distribución del libro hasta que se obtenga la autorización de la demandante, y condenó a la editorial a abonarle una indemnización de 2.000 euros más el 2% del beneficio obtenido por la editorial con la venta del libro.