El Consejo adopta el Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos (MCA)
El Consejo ha adoptado el primer texto legislativo de la Unión Europea sobre los mercados de criptoactivos, sus emisores y sus proveedores de servicios: el Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos (MCA o MiCa, por sus siglas en inglés).
Este marco regulador se introduce con el objetivo de armonizar los mercados de criptoactivos en la Unión Europea, donde solo existe legislación nacional en algunos Estados miembros y será de aplicación a los criptoactivos que no están regulados por la legislación vigente sobre servicios financieros.
En España, actualmente, los criptoactivos únicamente están sujetos a un registro ante el Banco de España y, salvo aquellos que se califican como instrumentos financieros, tanto los criptoactivos como los servicios relacionados, no requieren la obtención de una autorización regulatoria, lo que cambiará con la entrada en vigor del MCA.
El texto adoptado por el Consejo incluye también disposiciones que serán de aplicación a aquellos que emitan y negocien criptoactivos, fichas referenciadas a activos y las denominadas “criptomonedas estables”, así como a prestadores de servicios, como los centros de negociación y los monederos en los que se almacenan criptoactivos. Este marco legal permitirá, además, que las transferencias de criptoactivos, al igual que cualquier otra operación financiera, pueda ser rastreada.
La nueva normativa mejorará la transparencia al establecer un marco global para emisores y prestadores de servicios y facilita el cumplimiento de la normativa en materia de lucha contra el blanqueo de capitales al tiempo que garantiza la integridad del mercado y la estabilidad financiera al regular las ofertas públicas de criptoactivos. Con ello, los consumidores estarán mejor informados sobre los riesgos, los costes y los gastos vinculados a sus operaciones.