¿Compro uno nuevo o lo reparo? La Comisión reconoce a los consumidores nuevos derechos para promover la reparación de productos
Cada vez con más frecuencia, cuando los productos se deterioran con el paso del tiempo tendemos a sustituirlos por otros nuevos, aunque puedan repararse y utilizarse durante más tiempo. Este contexto -donde, como consecuencia de la obsolescencia programada presente en todo tipo de productos (más allá de la electrónica) y nuestros hábitos de consumo se generan grandes cantidades de residuos, unido a la preocupación por reducir la huella ambiental-, ha motivado el nacimiento del movimiento Right to Repair. El derecho a reparar aboga por alargar la vida útil de los productos mediante la reparación y reutilización, lo que podría conseguirse, por ejemplo, ofreciendo unos costes de reparación más competitivos, poniendo a disposición de los consumidores información sobre la vida útil del producto que permita hacer un consumo consciente o facilitando las piezas e indicaciones necesarias para su reparación.
En el marco del Pacto Verde Europeo, la Comisión Europea ha propuesto varias normas con respecto a la reutilización y reparación de productos por parte de consumidores y empresas. En su Resolución de 25 de noviembre de 2020, el Parlamento Europeo solicitaba a la Comisión que reconociera los consumidores un “derecho de reparación” y sentaba las bases de una “estrategia global hacia una economía de la reutilización” para evitar la destrucción de productos no vendidos en condiciones de funcionamiento. En respuesta a las peticiones del Parlamento, el pasado mes de marzo el ejecutivo europeo adoptó la Propuesta de Directiva por la que por la que se establecen normas comunes para promover la reparación de bienes como complemento a otras propuestas que persiguen alcanzar un consumo sostenible a lo largo de todo el ciclo de vida de un producto.
Esta norma establece el marco para un “derecho a la reparación” en el territorio de la Unión Europea desde la perspectiva de consumidores y fabricantes. Para los consumidores, este derecho vendría acompañado por las medidas contempladas en la Propuesta de Directiva sobre el empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica que persiguen que se proporcione una mejor información sobre la durabilidad, la disponibilidad de actualizaciones gratuitas de los programas informáticos para todos los bienes con elementos digitales o la reparabilidad de los bienes mediante una puntuación (de forma similar al índice de reparabilidad ya implementado por Francia). Desde el punto de vista de las empresas, la Propuesta de Reglamento sobre el diseño ecológico aplicable a los productos sostenibles establece el marco para la reparabilidad de los productos en la fase de producción. Sin embargo, estas dos últimas iniciativas no abordan los problemas que disuaden a los consumidores de utilizar los servicios de reparación en la fase postventa, motivo por el que la propuesta que promueve la reparación de bienes vendría a colmar estas lagunas.
Así, los consumidores gozarán de un nuevo conjunto de derechos para dar prioridad a la reparación frente a la sustitución, tanto dentro como fuera de la garantía legal. Entre las novedades que introduce, cabe destacar el derecho de los consumidores a solicitar a los productores, tras la finalización del periodo de garantía, la reparación de productos que sean técnicamente reparables a cambio de un precio. De este modo, el productor solo quedaría liberado de la obligación de reparar cuando la reparación sea imposible, lo que ocurriría, por ejemplo, cuando los bienes estén dañados de un modo que haga técnicamente inviable la reparación.
Por otro lado, si los fabricantes están obligados a reparar bienes, deberán informar a los consumidores de dicha obligación facilitándoles información sobre los servicios de reparación, aumentando así la probabilidad de que se decanten por esta opción. Asimismo, los reparadores deberán facilitar, previa solicitud del consumidor, información sobre sus servicios de reparación mediante un formulario europeo de información sobre la reparación. Este formulario, que deberá contener información sobre el precio y las condiciones de la reparación, será vinculante durante treinta días con el fin de que permitir a los consumidores comparar diferentes servicios de reparación durante ese tiempo.
Además, para ayudar a los consumidores a evaluar y comparar diferentes servicios de reparación, los Estados miembros deberán crear una plataforma en línea gratuita para los consumidores que permita encontrar reparadores en su territorio. Esta plataforma debe incluir funciones de búsqueda de bienes por categoría de productos, ubicación de los servicios de reparación y condiciones de reparación (por ejemplo, el tiempo necesario para completar la reparación, la disponibilidad de bienes de sustitución temporal, los servicios auxiliares y las normas de calidad para los reparadores). Asimismo, en la plataforma también deberá ser posible encontrar vendedores de productos reacondicionados y compradores de bienes defectuosos para su reacondicionamiento.
La Comisión propone también la elaboración de un estándar de calidad europea de los servicios de reparación al que podrían adherirse todos los talleres de reparación de toda la UE que deseen comprometerse a ofrecer unos estándares mínimos de calidad. Este estándar estaría basado en aspectos que influyan en las decisiones de los consumidores en materia de reparación, por ejemplo, el tiempo necesario para completar la reparación, la disponibilidad de bienes de sustitución temporal, una garantía comercial de reparación, y la oferta de servicios auxiliares como la retirada, la instalación y el transporte ofrecidos por los reparadores.
Por último, para promover la reparación frente a la sustitución, la propuesta modifica las condiciones dadas por la Directiva sobre la compraventa de bienes en las que el consumidor puede elegir entre la reparación o la sustitución en caso de falta de conformidad. La propuesta de directiva contempla que el vendedor siempre deba reparar los bienes cuando los costes de sustitución sean iguales o superiores a los costes de reparación. En consecuencia, el consumidor solo podrá elegir la sustitución cuando sea más barata que la reparación.
De esta forma, la reparación dejaría de ser una opción para el consumidor, quedando obligado a reparar un producto aun cuando prefiera su sustitución o la resolución del contrato. Como consecuencia, el consumidor verá sus opciones limitadas en pro de una reducción significativa del impacto ambiental.
Elena Álvarez Monroy. Senior Legal Counsel, Legal Army