Meta condenada a 375 millones de dólares por no proteger adecuadamente a los menores

Comparte

Un jurado del Estado de Nuevo México ha condenado a Meta a pagar 375 millones de dólares (cerca de 323 millones de euros)  por vulnerar la normativa de protección al consumidor, al considerar que sus plataformas no garantizan adecuadamente la seguridad de los menores. La resolución concluye que Facebook e Instagram facilitaron el contacto de depredadores con menores y generaron dinámicas de uso potencialmente adictivas, afectando a su bienestar y salud mental.

El jurado ha considerado acreditado que la compañía incurrió en prácticas engañosas y desleales, al ocultar el impacto de sus servicios sobre los menores y aprovecharse de su falta de experiencia en el entorno digital. Asimismo, se ha dado por probado que los directivos de Meta conocían estos riesgos y, pese a ello, ignoraron advertencias internas y trasladaron información incompleta o inexacta al público.

El procedimiento, impulsado por el fiscal general en 2023, se ha resuelto tras siete semanas de juicio. Aunque la indemnización impuesta es relevante, resulta inferior a los aproximadamente 2.000 millones de dólares inicialmente reclamados. La compañía ha anunciado su intención de recurrir, defendiendo que invierte en seguridad y que sus plataformas no están diseñadas para facilitar conductas dañinas.

El caso no ha concluido completamente, ya que en una segunda fase el tribunal deberá determinar si la conducta de Meta constituye un problema de interés público y qué medidas adicionales deben adoptarse para reparar los daños causados. Entre ellas, se contempla la posible financiación de programas públicos orientados a mitigar el impacto en los menores.

Esta sentencia se enmarca en un contexto de creciente litigiosidad contra las grandes plataformas tecnológicas, con más de 40 demandas similares en curso en distintos estados de EE. UU. Además, se espera una resolución relevante en Los Ángeles sobre un caso vinculado a la adicción a redes sociales, que podría consolidar una línea jurisprudencial en esta materia.

En conjunto, la decisión refuerza la presión regulatoria y judicial sobre las plataformas digitales en relación con la protección de menores. También anticipa un posible endurecimiento de los estándares aplicables al diseño de servicios digitales, especialmente en lo relativo a mecanismos de captación de atención y engagement.

La resolución evidencia el uso del Derecho de consumo como vía eficaz para exigir responsabilidad a plataformas digitales, complementando otros marcos como la protección de datos. Refuerza la idea de responsabilidad por diseño, vinculando directamente determinadas funcionalidades con daños a usuarios vulnerables. Este enfoque puede trasladarse a otros ordenamientos, especialmente en el contexto europeo (DSA, RGPD). Asimismo, cuestiona la suficiencia de las medidas de autorregulación alegadas por las plataformas. Finalmente, abre la puerta a remedios estructurales que trascienden las sanciones económicas.

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

21, enero 2021

Xiaomi entra en la lista negra del Departamento de Defensa de los Estados Unidos.

14, septiembre 2023

DMA: un nuevo marco regulatorio europeo para las grandes empresas tecnológicas

27, julio 2022

La CNIL publica su posición respecto al uso de cámaras inteligentes en espacios públicos

24, octubre 2024

Multa de 200.000 euros de la AEPD por no aplicar medidas adecuadas de seguridad

14, enero 2021

Stefan Zweig («El Mundo de Ayer») y las obras en dominio público tras el Brexit.

14, noviembre 2024

Multa de casi 15 millones de euros a Meta por recabar datos de sus usuarios con fines publicitarios