Estée Lauder demanda a Jo Malone, Jo Loves y Zara UK por el uso del nombre “Jo Malone”

Comparte

Este 12 de marzo de 2026, Estée Lauder Companies inició acciones judiciales en el Reino Unido contra la perfumista Jo Malone, su marca Jo Loves y Zara UK (ITX UK), en un litigio que sitúa en el centro el uso comercial del nombre “Jo Malone” en el marco de una colaboración de fragancias comercializada por Zara. De acuerdo con la información publicada, la demanda se apoya en tres vías acumuladas: incumplimiento contractual, infracción de marca y passing off (acción de common law frente a presentaciones que pueden inducir a una asociación comercial indebida).

El conflicto se entiende mejor a la luz de una operación previa: en 1999, Jo Malone vendió su marca epónima, hoy explotada por el grupo como Jo Malone London, a Estée Lauder, y el grupo sostiene que ese acuerdo incluía restricciones respecto del empleo del nombre “Jo Malone” en determinados contextos comerciales, en particular vinculados al marketing de fragancias. La controversia actual se habría activado por referencias incluidas en el entorno de comercialización de Zara (descripciones online y/o packaging), donde se identifica a la creadora con fórmulas como “Created/A creation by Jo Malone CBE, founder of Jo Loves”.

Lo relevante del caso no es únicamente el hecho de que el signo coincida con un nombre propio, sino el modo en que ese nombre opera en el tráfico: si funciona como una mención personal descriptiva o si, por su presentación y contexto, puede percibirse como un elemento con capacidad de arrastre comercial y de asociación con una marca preexistente. En ese terreno, la acción por passing off suele actuar como complemento a las pretensiones estrictamente marcarias, al centrarse en el efecto de la comunicación comercial sobre la percepción del consumidor y en la eventual sugerencia de vínculo empresarial. El procedimiento, en suma, reabre el debate clásico sobre las marcas epónimas tras su venta: cómo se interpretan las obligaciones pactadas y cómo se delimita el uso legítimo del nombre del fundador cuando una tercera empresa comercializa el producto.

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

5, junio 2025

Orange y el “SIM Swapping”: la Audiencia Nacional confirma la infracción, pero rebaja la sanción

24, febrero 2022

La AEPD impone una sanción a la Real Federación Española de Fútbol por grabar reuniones a través de la plataforma Zoom

30, noviembre 2021

Guía de buenas prácticas en las comunicaciones comerciales

28, enero 2021

Italia ordena bloquear cuentas de TikTok.

2, febrero 2022

Privacidad en el entorno laboral: ¿Qué hacer con el correo electrónico corporativo de un empleado que deja la empresa?

30, abril 2020

La Universidad de Cambridge busca donantes de voz para captar los sonidos del coronavirus y reconocer a personas contagiadas.