Un Abogado General de la UE avala que asociaciones de consumidores puedan denunciar la violación de derechos de protección de datos por Facebook

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El pasado jueves, sorprendían las conclusiones de un Abogado General de la UE en la que se mostraba a favor de la posibilidad de que asociaciones de consumidores tengan la potestad de interponer denuncias ante los organismos judiciales en el caso de considerar que los derechos de protección de datos de los consumidores han sido vulnerados.

Se trata de unas conclusiones que han tenido lugar en una cuestión prejudicial en un procedimiento seguido ante el Tribunal Supremo de lo Civil y de lo Penal de Alemania, en el que la gigante tecnológica Facebook (ahora, Meta) se encuentra involucrada. Este procedimiento ha sido iniciado a instancias de una organización para la defensa de los consumidores y usuarios del mencionado país.

En el caso, la organización consideró que la vulneración de los derechos de protección de datos se había producido por el hecho de no haber proporcionado Facebook la información mínima que requiere el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ni se utilizaba un lenguaje claro y legible en aquellas informaciones que sí se proporcionaban.

Ante ello, el órgano judicial albergaba dudas de si las organizaciones de consumidores y usuarios podían interponer la denuncia o si correspondía únicamente a las autoridades de control en materia de protección de datos personales, pues a ellas se les reconocen en el RGPD facultades para adoptar las medidas correctoras que se consideren oportunas ante un incumplimiento de la citada normativa.

Aunque las conclusiones de los Abogados Generales no son concluyentes para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, suelen ser un buen indicador de cuál puede ser la vía de interpretación adoptada por este último, con lo que es importante tenerlas en cuenta.

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