Renovación del Programa de vigilancia del FBI

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El Foreign Intelligence Surveillance Court, tribunal de los Estados Unidos encargado de aprobar los programas de inteligencia bajo la controvertida norma Foreign Intelligence Surveillance Act («FISA»), ha renovado el programa de vigilancia masiva de la información aprobado por dicha norma. A pesar de que la agencia autorizada para ejecutar la interceptación de la información entrante en los Estados Unidos es, exclusivamente, la National Security Agency («NSA»); a día de hoy hay otras tres agencias autorizadas para recibir, de la anterior, la información interceptada -sin autorización judicial-. Estas agencias son la Central Intelligence Agency («CIA»), el National Counterterrorism Center y el citado Federal Bureau of Investigation («FBI»). 

De esta manera, a pesar de hacer alguna reseña a la polémica en torno a la vigilancia indiscriminada de datos, el Tribunal aprueba y corrobora la legalidad de la recepción de información interceptada por parte del FBI. A pesar de la importancia de la decisión, hay que tener en cuenta que el FBI tan sólo recibe información de aquellos sujetos que se encuentran bajo investigación federal.

Esta decisión puede tener un impacto considerable en las negociaciones que mantiene la Comisión Europea y el Gobierno de los Estados Unidos en cuanto a las posibles soluciones para las transferencias de datos desde la Unión Europea a los Estados Unidos. A pesar de que, recientemente, ambas partes comunicaron públicamente el progreso satisfactorio de las negociaciones y su marcado optimismo hacia la eventual culminación de las mismas con una Decisión de Adecuación para los Estados Unidos; este respaldo judicial a las actividades de interceptación de datos procedentes del extranjero, en su mayoría datos de ciudadanos de la Unión, puede suponer un freno a dichas negociaciones. Esto se debe a que, nuevamente, se pone de manifiesto la conformidad normativa de estas acciones de inteligencia. 

Hay que señalar que distintas Autoridades en materia de Protección de Datos, siendo la última la Comissão Nacional de Proteção de Dados (autoridad portuguesa de protección de datos), han manifestado que, a día de hoy, la transferencia de datos personales a los Estados Unidos supone un incumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos. 

Por todo ello, habrá que permanecer a la espera de que la Comisión y el Gobierno americano alcancen un acuerdo que provea soluciones prácticas que otorguen seguridad jurídica al flujo de datos desde la Unión y que, en definitiva, vuelvan a reactivar el mayor canal de tráfico de datos del planeta. 

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