Ratificada la prohibición temporal de hacer publicidad comportamental impuesta a Meta por la autoridad de protección de datos de Noruega

Comparte

Para contextualizar la resolución del Tribunal de Oslo debemos remontarnos a la decisión del pasado julio por parte de la Autoridad Noruega de Protección de Datos, por la que se prohibía a Meta tratar datos personales con finalidades de publicidad comportamental en el país de forma temporal, durante tres meses o hasta que la sancionada adoptará las medidas necesarias para enmendar los incumplimientos en que estaba incurriendo, al basar el tratamiento de datos en su interés legítimo en lugar de en el consentimiento de los interesados. En el caso de no cumplir con la normativa en este plazo, además, Meta tendría que proceder al pago de una sanción económica diaria.

Como consecuencia de esta prohibición, Meta recurrió la sanción ante los Tribunales noruegos, solicitando la suspensión de la decisión como medida cautelar. 

La respuesta del Tribunal de Oslo, no obstante, ha quedado lejos de ser satisfactoria para Meta. En este sentido, el Tribunal de Distrito de Oslo ha ratificado la decisión de la Autoridad noruega de Protección de Datos, manifestando que la decisión de la Autoridad de Protección de Datos es válida y que no procede una medida cautelar.

Al margen de ello, la Autoridad noruega en la materia ha manifestado estar considerando llevar este asunto ante el Consejo Europeo de Protección de Datos.

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

27, enero 2022

La protección de datos en el ambiente laboral: una prioridad para la AEPD

6, julio 2022

El Parlamento Europeo aprueba el Digital Markets Act (DMA) y el Digital Services Act (DSA)

9, mayo 2024

La Comisión Europea cataloga a Shein como VLOP

23, mayo 2024

OpenAI se deshace de su equipo de riesgos de IA a largo plazo

5, octubre 2023

Apple comienza a controlar y registrar las aplicaciones en China tras el endurecimiento de la vigilancia gubernamental

25, marzo 2021

¿Prevalece el derecho de libertad de expresión de un empleado sobre su deber de confidencialidad?