La autoridad de control eslovena falla en favor del derecho al olvido frente a la libertad de expresión e información

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En este supuesto, una agencia de producción de contenidos de medios de comunicación especializada en trabajos periodísticos y fotográficos en el ámbito del estilo de vida, trataba datos relativos a una colección de 88 fotos de una persona asistiendo a diferentes eventos sociales. Las fotos se publicaron en un sitio web y también se pusieron a la venta en línea. Sin embargo, el interesado no dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales, por lo que ejerció su derecho al olvido, además de oponerse al tratamiento de sus datos. La agencia, responsable del tratamiento, rechazó su solicitud alegando que el tratamiento es necesario para ejercer la libertad de expresión en los medios de comunicación, el derecho público a la información y por motivos de interés legítimo.

La autoridad eslovena consideró que a partir de la descripción de las fotos, que iban acompañadas del nombre y el apellido de la persona, era posible determinar a qué evento había asistido la persona así como sus características personales. Además, al introducir el nombre y apellido en el motor de búsqueda, el sitio web mostraba el perfil del interesado, por lo que determinó que el responsable del tratamiento debía eliminar todas las fotos del sitio web, junto con el nombre del interesado y la dirección URL que permitía el acceso a las fotografías.

Asimismo, recuerda que el derecho a la protección de datos personales debe equilibrarse con la libertad de expresión e información: para justificar una injerencia en el derecho a la intimidad, el responsable del tratamiento debe haber demostrado un interés público o una reducción justificada del derecho de intimidad del interesado Sin embargo, en este caso, el contenido de la página web no contribuía a un debate de importancia social ni se refería a un tema de interés público, el individuo no era una figura pública, y el responsable del tratamiento tampoco demostró sus intereses legítimos.

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