La Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos alega que la generación aleatoria de obras por Inteligencias Artificiales no está protegida

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En junio de 2022, Stephen Thaler, CEO de Imagination Engines, Inc., presentó demanda contra la decisión de la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos por la que se le denegaba el registro de la pieza artística “A Recent Entrance to Paradise”.

En la solicitud de registro, Thaler indicó que el autor era un software de inteligencia artificial del que él era titular: “Creativity Machine”. Este software crea obras de forma autónoma y aleatoria. La Oficina resolvió contra sus pretensiones aduciendo que no había autoría humana en ese procedimiento.

El argumento con el que Thaler sustentó su pretensión de titularidad era, por un lado, que se trataba de un caso similar a los contratos por los que se comisiona una obra: el artista sería el autor mientras que el resto de derechos pertenecen a la persona que lo hubiese encargado. Por otro lado, Thaler señaló que la Copyright Act no limita los derechos de autor a obras creadas por seres humanos.

La contestación de la Oficina llegó el 7 de febrero. Los argumentos esgrimidos por la Oficina para defender su posición se sustentan fundamentalmente en la interpretación que se hace del concepto de autoría en la Copyright Act por la jurisprudencia y por las propias reglas de la Oficina (publicadas en el Compendium of U.S. Copyright Office Practices- Third Edition).

Respecto a los argumentos relativos a que el Copyright Act permite obras creadas por autores no humanos, la Oficina los rechaza indicando que ocurre lo contrario: el cambio legislativo que hubo era para incluir aquellas obras anónimas o seudónimas de las que se desconocía al autor, pero siempre dando por hecho que era humano.

Por otra parte, el precedente más relevante en el que se basa la Oficina para su decisión es Burrow-Giles Lithographic Co. v. Sarony, un caso que surgió a raíz del nacimiento de la fotografía y cuyo conflicto principal consistía en determinar si la fotografía era protegible al ser una reproducción de la realidad captada por un objeto. El Supremo dictaminó que eran protegibles toda vez que las mismas reflejaban decisiones creativas de un humano (por ejemplo, el encuadre, la posición de los objetos, las luces y sombras, etc.).

Frente al alegato de Thaler sobre la suficiente originalidad y creatividad de la pieza, la Oficina rebatió que esa creatividad es irrelevante si no hay intervención humana.

Por último, en lo relativo al contrato de comisión y su regulación, la Oficina señala que no aplica a este caso como pretende: esa regulación consuetudinaria versa sobre derechos tangibles (uno de los ejemplos de Thaler era que el dueño de la vaca era también dueño del retoño de esta), pero no es aplicable a los intangibles. 

Asimismo, la propia Copyright Act indica que la doctrina del “work made for hire” es solo aplicable a empleados y, por tanto, a humanos. No siendo Creativity Machine humana, no puede aplicar aquí la citada doctrina.

Cabe destacar que el año pasado la propia Oficina concedió registro a una novela gráfica creada con asistencia de inteligencia artificial. Sin embargo, en ese caso se trataba de una asistencia donde la autora humana (Kris Kashtanova) había aportado las instrucciones y, además, había guiado al software hacia su idea.

El caso de Thaler ya tiene las posiciones claras y se encuentra a la espera de juicio.

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