La CNMC estudia la actividad de recarga de vehículos eléctricos

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado un estudio sobre la actividad de recarga de vehículos eléctricos con el fin de impulsar su crecimiento y lograr la generalización del uso del vehículo eléctrico.

Si bien la CNMC ya había abordado en su Informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos la entonces propuesta normativa que regula esta actividad (el ahora Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos) y consideraba entonces que dicho desarrollo reglamentario iba a ayudar a un desarrollo más ordenado de la actividad de recarga del vehículo eléctrico y a dar una mayor transparencia a la localización de los operadores de recarga así como a los precios de venta a través de las diferentes empresas proveedoras de servicios de movilidad eléctrica, a día de hoy ha detectado algunos elementos que podrían obstaculizar un desarrollo competitivo del sector.

Ya en su Informe de octubre de 2021, apuntaba algunos puntos de mejora de la norma, como la definición de las funciones de los distintos sujetos participantes en la prestación del servicio: el titular del contrato de suministro, el operador del punto de recarga –CPO, por sus siglas en inglés de Charge Point Operators-, la empresa proveedora de servicios de movilidad eléctrica –EMSP, e-Mobility Service Providers–y la distribuidora.

El principal punto de partida del estudio será el despliegue de una red de puntos de recarga mallada y de calidad fundamental para facilitar la transición al vehículo eléctrico. Así, el organismo regulador cumple con parte de su Plan Estratégico para los años 2021-2026, que contempla la elaboración de estudios que contribuyan a una mayor sostenibilidad medioambiental y que favorezcan una mayor productividad y competitividad.

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