La CNIL impone sanciones millonarias a Amazon y a Google por la instalación de cookies.

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La Autoridad de Control francesa, la Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL) ha sancionado a Amazon y a Google con 35 y 100 millones de euros respectivamente.

A partir de las investigaciones en línea llevadas a cabo en el sitio web google.fr, la CNIL descubrió que, cuando un usuario ingresaba a dicho sitio web, las cookies publicitarias se desplegaban automáticamente en los dispositivos de los usuarios sin haber hecho acción alguna por su parte, incumpliendo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley francesa de Protección de Datos y Libertad. En este sentido, el banner informativo de primera capa no proporcionaba al usuario información alguna con las cookies que ya habían sido instaladas en los dispositivos de los usuarios al acceder al sitio. Igualmente, al hacer clic en el botón “Consultar ahora” tampoco se proporcionaba información previa sobre la instalación de estos dispositivos de seguimiento, ni de sus finalidades ni de la posibilidad de rechazar su instalación.

Asimismo, cuando los usuarios desactivaban la personalización de anuncios en la búsqueda de Google desde el botón “Consultar ahora”, una de las cookies publicitarias quedaba almacenada en los dispositivos de los usuarios.

Por tanto, la CNIL sanciona a Google LLC con una multa de 60 millones de euros y a la empresa Google Ireland Limited con una multa de 40 millones de euros, destacando que estas prácticas han afectado a casi cincuenta millones de usuarios y señala los considerables beneficios que obtienen las empresas de los ingresos publicitarios generados indirectamente a partir de los datos recopilados por estas cookies publicitarias.

En cuanto a Amazon, la CNIL, de forma similar al llevar a cabo sus investigaciones en línea, descubrió que se instalaban cookies publicitarias automáticamente en los dispositivos de los usuarios sin llevar a cabo acción alguna por su parte, siendo incompatible con la necesidad de recopilar su consentimiento de forma previa.

La CNIL considera que la información del banner mostrada por Amazon “Al utilizar este sitio, usted acepta nuestro uso de cookies para ofrecer y mejorar nuestros servicios” contenía una descripción general y aproximada de las finalidades de las cookies instaladas. En particular, la CNIL consideró que, al leer el banner informativo, el usuario no podía entender que las cookies instaladas en su dispositivo tenían la finalidad principal de mostrar publicidad personalizada, señalando además que dicho banner tampoco indicaba el derecho a rechazar dichas cookies y los medios que dispone para ello.

En consecuencia, la CNIL ha sancionado a Amazon Europe Core con una multa de 35 millones de euros.

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