La AEPD vuelve a sancionar a Vodafone

Comparte

La Agencia Española de Protección de datos (AEPD) ha impuesto una sanción de 100.000 euros a Vodafone por incumplimiento del artículo 28 (Encargado del tratamiento). El motivo de la sanción viene a raíz de una llamada publicitaria a una línea inscrita en el listado de exclusión publicitaria por parte del encargado del tratamiento.

El reclamante, inscrito en la Lista Robinson de exclusión publicitaria, recibió la llamada publicitaria, por lo que esta cuestión se pudo haber evitado mediante la aplicación de medidas organizativas y técnicas por parte de Vodafone en el momento de contratación del encargado del tratamiento.

La AEPD vuelve a poner el foco en la obligación que tiene el responsable en cuanto a la selección de encargados de tratamiento que ofrezcan garantías suficientes de la aplicación de la normativa vigente en materia de protección de datos, así como el deber de responsabilidad proactiva de Vodafone con respecto a evaluar de forma periódica las garantías ofrecidas por el encargado del tratamiento que garanticen los derechos y libertades de los interesados. 

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

16, septiembre 2021

Champagne vs. Champanillo: el TJUE sienta las bases de protección de los productos con denominación de origen

27, mayo 2021

La Agencia de Protección de Datos Checa sanciona a una empresa por publicar en su web datos personales extraídos de registros públicos

27, julio 2022

eIDAS 2: El nuevo paradigma de la identificación personal

11, mayo 2022

Conflicto marcario entre Meta y la asociación suiza Dfinity

18, marzo 2021

La AEPD archiva las actuaciones abiertas contra Mapfre tras recibir un ataque Ransomware

21, marzo 2019

Conferencia de nuestra CEO & Founder Natalia Martos: «El futuro de los servicios legales alternativos»