La AEPD multa a una empresa por no incluir enlaces de cómo eliminar o desactivar cookies a través de los diferentes navegadores.

Comparte

La empresa de envasado de productos, Aranow, ha sido sancionada por la Agencia Española de Protección de Datos por no incluir ningún link en su Política de Cookies que enlace con los diferentes navegadores. Igualmente, la página web no tenía ningún mecanismo que permitiese rechazar el uso de las cookies, por lo que no se podía revocar el consentimiento de forma sencilla.

De acuerdo con la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI) considera que “utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos cuando no se hubiera facilitado la información u obtenido el consentimiento del destinatario del servicio” es una infracción leve, pudiendo ascender la multa hasta con 30.000 euros.

De los 3.000 euros impuestos por la AEPD, la sanción se ha visto reducida a un total de 1.800 euros por la aplicación de dos reducciones (pago voluntario y reconocimiento de la responsabilidad).

Puedes acceder a esta resolución haciendo click en el siguiente enlace:

https://www.aepd.es/es/documento/ps-00100-2020.pdf

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

30, agosto 2022

El uso del correo electrónico profesional para asuntos personales, ¿entra en la excepción de uso doméstico del RGPD?

15, noviembre 2022

Sanción de 80.000 euros al BBVA por vulnerar la confidencialidad de los datos de un cliente y no aplicar medidas adecuadas

31, octubre 2024

Doble revés para Bimbo en su lucha por la exclusividad de marca en Europa

13, noviembre 2019

Un error informático permite a Facebook acceder a la cámara de los iPhone sin conocimiento del usuario.

13, mayo 2021

Ciberataque contra la mayor red de oleoductos de EE.UU

1, abril 2021

¿Se pueden monitorizar los equipos de los empleados?