Grecia impone multas por valor de 400.000 euros a una empresa de telecomunicaciones por incumplimiento del RGPD.

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La Autoridad Griega de Protección de Datos ha impuesto dos sanciones, por valor de 200.000 euros cada una, a un proveedor de servicios de telecomunicaciones heleno por incumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

En particular, la primera sanción corresponde a un incumplimiento de los artículos 5(1)(c) y 25 del RGPD, al haber expuesto a un elevado número de clientes, debido a un error técnico, a llamadas de telemarketing después de haber mostrado su oposición para ello. El segundo incumplimiento recae en los artículos 21(3) y 25 del RGPD, al no borrar, también debido a problemas técnicos, los registros de 8.000 clientes que lo habían solicitado.

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